Bases reguladoras Ayora Emprende 2023

Subvenciones destinadas al fomento del emprendimiento
Descargar archivo (.pdf 336Kb)Las presentes Bases tienen como objeto establecer las normas por las que han de regirse la solicitud y concesión de ayudas dirigidas a las personas físicas o jurídicas que emprendan una actividad en el municipio de Ayora o que ya la ejerzan con anterioridad y realicen mejoras en los negocios existentes, entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2023, siempre que cumplan todos los requisitos establecidos en las mismas.
Se pretende dinamizar la pequeña y mediana empresa, así como el tejido comercial local con el objetivo de crear un sistema de emprendedurismo más innovador y resiliente, que haga frente a las dificultades y retos del mercado actual en un entorno rural. No solo se pretende fomentar la creación de nuevas actividades comerciales o empresariales sino que también se potencia la creación de puestos de trabajo y se ayuda a mitigar la despoblación, constituyendo al municipio de Ayora como polo de atracción económica dentro de la comarca.
REQUISITOS BENEFICIARIOS:
- Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma, microempresa o pequeña o mediana empresa.
- Que el domicilio social sea en Ayora así como la actividad principal que se desarrolle sea dentro del término municipal de Ayora.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Ayora.
- Estar al corriente en obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en la Ley General de Subvenciones.
- Someterse a las actuaciones de comprobación por parte del órgano instructor del Ayuntamiento de de Ayora, aportando cuanta información o documentación le sea requerida para el cumplimiento de estas ayudas.
- Haber realizado una inversión mínima de 500 euros (IVA no incluido) en gastos considerados como subvencionables en las presentes Bases.
- En el caso de del Programa de Creación de Empresas, haber iniciado la actividad en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2023.
Estos requisitos deberán reunirse a la fecha de solicitud de la ayuda. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos autónomos o empresarios que hayan modificado su actividad principal por otra en locales ya existentes regentados con anterioridad por ellos mismos o familiares de primer grado.
La ayuda está condicionada a la disponibilidad presupuestaria (máximo de 40.000€). Se concederán ayudas hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria, por lo que se priorizarán siempre las solicitudes según fecha y hora de registro de entrada en el Ayuntamiento.
Más información y acceso a los formularios de presentación de la convocatoria en INFOSUBVENCIONES.
28/03/2023 12:13 | AdmonVlc
URL oficial/canónica: https://ceeivalencia.emprenemjunts.es/?op=13&n=19728
