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¿Puedo repartir dividendos manteniendo pérdidas no compensadas en el balance?

CENTECO

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Publicado el viernes, 16 de diciembre de 2016 a las 16:29

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contabilidad

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A través de un caso práctico vamos a ilustrar la situación de una empresa que quiere repatir dividendos entre sus socios pero que mantiene contabilizadas pérdidas no compensadas todavía en su balance:
 
La sociedad anónima TRUEKE ha obtenido un beneficio de 36.000 € durante el ejercicio 2.016. Su balance de cierre de ejercicio queda de la siguiente forma:
 
  • Capital social (100): 100.000
  • Reserva legal (112) : 20.000
  • Resultados negativos de ejercicios anteriores  (121): -60.000
 
¿Puede la Junta General repartir el beneficio del 2.016 como dividendos al estar cubierta la reserva legal prevista?
 
Como existen resultados negativos de ejercicios anteriores pendientes de compensación habrá de comprobarse si está cumpliendo con lo establecido en el artículo 273.2 del Texto Refundido Ley Sociedades Capital, es decir, que en caso de existir pérdidas de ejercicios anteriores que hacen que el patrimonio neto sea inferior a la cifra de capital social, el beneficio deberá destinarse a compensar dichas pérdidas.
 
Artículo 273.2 del TRLSC:
 
Una vez cubiertas las atenciones previstas por la ley o los estatutos, sólo podrán repartirse dividendos con cargo al beneficio del ejercicio, o a reservas de libre disposición, si el valor del patrimonio neto no es o, a consecuencias del reparto, no resulta ser inferior al capital social. A estos efectos, los beneficios imputados directamente al patrimonio neto no podrán ser objeto de distribución directa ni indirecta.
Si existieran pérdidas de ejercicio anteriores que hicieran que ese valor del patrimonio neto de la sociedad fuera inferior a la cifra de capital social, el beneficio se destinará a la compensación de estas pérdidas.
 
El patrimonio neto es el siguiente:
 
 
(100) Capital Social
100.000
(112) Reserva Legal
20.000
(121) Resultados negativos de ejercicios anteriores
–60.000
(129) Resultado del ejercicio
36.000
Patrimonio Neto
96.000
 
Como el patrimonio neto es inferior al capital social, deberá procederse a compensar las pérdidas de ejercicios anteriores, mediante el siguiente apunte contable:
 
 
DEBE
HABER
36.000 (129) Resultado del ejercicio
(121) Resultados negativos de ejercicios anteriores                                           36.000

 

El patrimonio neto después de la compensación es el siguiente:

 
(100) Capital Social
100.000
(112) Reserva Legal
20.000
(121) Resultados negativos de ejercicios anteriores
–24.000
   
Patrimonio Neto
96.000

 

Después de reducir los resultados negativos de ejercicios anteriores, la cifra de capital social sigue siendo superior al patrimonio neto, por lo que la sociedad tendrá que seguir destinando futuros beneficios a compensar dichas pérdidas antes de poder repartir dividendos.

Juan Pitarch - Asesor Fiscal

 
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