Ayudas COVID-19 Diputación 2022 para autónomos y pymes de Callosa de Segura
Hasta el miércoles, 20 de julio de 2022 a las 23:59
El Ayuntamiento de Callosa de Segura lanza la convocatoria de ayudas "Ayudas COVID-19 Diputación 2022", anualidad 2022.
OBJETO
Concesión de ayudas con destino a minimizar el impacto económico que el Covid-19 está suponiendo sobre pymes, micropymes, pequeños empresarios autónomos y profesionales.
DIRIGIDO A
Destinado a pymes, micropymes, autónomos y otros colectivos sujetos a mutualidades, que cumplan el requisito de que el promedio mensual de facturación de los meses comprendidos entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022, haya sido igual o inferior al promedio mensual facturado en los mismos meses en 2019, que tengan su domicilio fiscal en el municipio de Callosa de Segura, todo ello en el marco de las condiciones dispuestas en el anuncio de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
REQUISITOS
- Que el domicilio fiscal se encuentre en el municipio de Callosa de Segura.
- Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
- No tener deuda pendiente de cualquier naturaleza cuyo periodo de plazo de pago voluntario haya vencido con el Ayuntamiento de Callosa de Segura, requisito que debe cumplirse en la fecha de presentación de la solicitud.
- Estar en situación de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (IAE), así como en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social, con fecha anterior a la presentación de la solicitud de ayudas.
CUANTÍA
La cuantía individualizada a percibir por los beneficiarios se determinará en la resolución de concesión, y ascenderá como máximo a 4.000,00 euros por solicitante.
La cuantía destinada a atender estas ayudas asciende a un importe total de 105.451,00 €, aportada por la Diputación Provincial de Alicante. En caso de que el crédito disponible, atendiendo al número de solicitudes que cumplan los requisitos para acceder a la condición de beneficiarios, no sea suficiente para atenderlas a todas se procederá como refleja la convocatoria en sus bases.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Serán financiables con cargo a las presentes subvenciones los gastos corrientes en los que efectivamente hayan incurrido los beneficiarios, que se hayan abonado efectivamente, que respondan de manera indubitada al mantenimiento de su actividad empresarial, profesional o comercial y que resulten estrictamente necesarios, desde el 1 de julio del 2021 al 30 de junio de 2022, tales como:
- La cuota de autónomos. Para su justificación se deberá aportar los justificantes del abono a la Seguridad Social de las correspondientes cuotas.
- Gastos en concepto de arrendamiento del local de negocio: Para su justificación junto a la solicitud se deberá aportar contrato de arrendamiento en vigor y justificante suficiente de pago de las mensualidades correspondientes. En el contrato de arrendamiento, como arrendatario debe constar la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.
- Gastos en suministros de energía eléctrica, agua, servicios de telefonía e internet vinculados al local de negocio donde desarrolla la actividad comercial. Para su justificación se deberá aportar las facturas y los justificantes de pago correspondientes.
- Gastos de consultoría y asesoría vinculados directamente a la actividad comercial. Para su justificación se deberá aportar las facturas y los justificantes de pago correspondientes.
- Gastos mensuales de contratos de servicios de seguridad del local de negocio. Para su justificación se deberá aportar las facturas y los justificantes de pago correspondientes.
- Gastos de contratos de mantenimiento de equipos afectos a la actividad. Para su justificación se deberá aportar las facturas y los justificantes de pago correspondientes.
- Gastos de intereses de préstamos de adquisición del local de negocio, debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/jurídica solicitante de la ayuda. Para su justificación se deberá aportar documentación justificativa de la entidad financiera.
- Las primas de seguros del local de negocio y/o del vehículo comercial afecto a la actividad empresarial, debiendo figurar como titular la persona física/jurídica solicitante de la ayuda. Para su justificación se deberá aportar copia de la póliza, las facturas y los justificantes
de pago correspondientes. - Gastos en concepto de arrendamiento de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad. Para su justificación junto a la solicitud se deberá aportar contrato de arrendamiento en vigor y justificante suficiente de pago de las mensualidades correspondientes. En el contrato de arrendamiento, como arrendatario debe constar la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.
- Gastos de intereses de préstamos de adquisición de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/jurídica solicitante de la ayuda. Para su justificación se deberá aportar documentación justificativa de
la entidad financiera.
PLAZO DE SOLICITUD
Del 30 de junio de 2022 al 20 de julio de 2022.
MÁS INFORMACIÓN Y SOLICITUDES
01/07/2022 13:11 | josemirr93