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Ayudas RURALTER-Paisaje -I Ayuda a la creación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas

Ayudas destinadas a inversiones para la creación, ampliación y modernización de una empresa.

Publicado por anarubio
miércoles, 13 de enero de 2010 a las 00:00

La Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el marco de la Estrategia para los Territorios Rurales Valencianos, RURALTER, convoca las Ayudas RURALTER-Paisaje - I Ayuda a la creación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas, destinadas a inversiones necesarias para la creación, ampliación y modernización de una empresa.

Beneficiarios

Estas ayudas van dirigidas a Pequeñas y medianas empresas (menos de 250 empleados y hasta 50 millones de volumen de negocios anual o 43 millones de balance general anual) de todos los sectores económicos, exceptuando, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (CE) Nº 800/2008, los sectores de la pesca y la acuicultura, las actividades de producción primaria de productos agrícolas y los sectores del carbón, del acero, la construcción naval y las fibras sintéticas Podrán ser promotores las personas jurídicas privadas (con o sin ánimo de lucro) y las personas físicas que desarrollen su actividad empresarial en régimen de autónomos o que vayan a darse de alta en el mismo con motivo del proyecto auxiliado.

Territorio de aplicación

1. El territorio de aplicación serán todos los municipios de la Comunitat Valenciana menores de 40.000 habitantes, no costeros y que no estén incluidos en la zona geográfica de programación de un Grupo de Acción Local RURALTER-Leader. Como casos especiales, se incluye dentro del territorio RURALTER-Paisaje a las aldeas de Orihuela y a los municipios de Requena y Utiel, excluidas sus aldeas y pedanías, por estar integradas en el espacio RURALTER-Leader.

2. Con carácter excepcional, podrán seleccionarse para percibir una ayuda RURALTER-Paisaje aquellos proyectos emblemáticos que tengan lugar en un municipio que no cumpla los requisitos del apartado anterior, cuando los objetivos y resultados esperados por la ejecución de la actuación tengan una relevancia tal respecto a la protección del paisaje rural valenciano, que la misma les acredite como iniciativas de interés público regional.

Por imperativo del Reglamento (CE) 800/2008 al que se acogen las presentes ayudas, se excluyen en cualquier caso las ayudas a los municipios de Valencia y Mislata, excepto si la subvención no puede ser calificada como «ayuda de Estado» por no tratarse la operación de una actividad económica de prestación de bienes o servicios en el mercado.

3. Dentro de esta medida 1 («Ayudas a la creación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas») también serán subvencionables los proyectos a ejecutar en municipios RURALTER-Leader promovidos por empresas agroalimentarias.

MUNICIPIOS INCLUIDOS EN EL ESPACIO RURALTER-PAISAJE

Zona 1

L'Alcora, Betxí, Onda, Segorbe, Vall d'Alba, La Vall d'Uixó, Vilafamés, Vilavella, Alquerías del Niño Perdido, Sant Joan de Moró.

Zona 2

Alfara del Patriarca, Almàssera, Benaguasil, Benifairó de les Valls, Benisanó, Bétera, Bonrepòs i Mirambell, Burjassot, L'Eliana, Emperador, Faura, Gilet, Godella, Llíria, Marines, Moncada, Museros, Náquera, La Pobla de Vallbona, Rafelbunyol/Rafelbuñol, Rocafort, Serra, Tavernes Blanques, Vilamarxant, Villar del Arzobispo, Vinalesa, San Antonio de Benagéber.

Zona 3

Alaquàs, Albal, Alcàsser, Aldaia, Alfafar, Benetússer, Beniparrell, Buñol, Catarroja, Quart de Poblet, Cheste, Xirivella, Lugar Nuevo de la Corona, Manises, Massanassa, Monserrat, Montroy, Paiporta,

Picanya, Picassent, Real de Montroi, Requena (excluidas sus aldeas y pedanías), Riba-roja de Túria, Sedaví, Silla, Turís, Utiel (excluidas sus aldeas y pedanías).

Zona 4

Albalat de la Ribera, Alberic, L'Alcúdia, Algemesí, Alginet, Almussafes, Benifaió, Benimodo, Carcaixent, Carlet, Corbera, Favara, Guadassuar, Manuel, Masalavés, Polinyà de Xúquer, La Pobla Llarga,

Rafelguaraf, Riola, Sollana, Villanueva de Castellón, Benicull del Xuquer.

Zona 5

Agullent, Albaida, L'Alcúdia de Crespins, Almoines, Anna, Aielo de Malferit, Beniarjó, Benigánim, Benirredrà, Canals, Càrcer, Castelló de Rugat, Quatretonda, La Font d'En Carròs, Genovés, Xàtiva, Xeresa, Llosa de Ranes, Montaverner, Navarrés, L'Olleria, Ontinyent, Palma de Gandía, La Pobla del Duc, Real de Gandía, Vallada, Villalonga.

Zona 6

Agost, Banyeres de Mariola, Beniarbeig, Busot, Callosa d'En Sarrià, Cocentaina, Finestrat, Gata de Gorgos, Ibi, Xaló/Jalón, Monòver/Monóvar, Mutxamel, Muro de Alcoy, La Nucia, Ondara, Onil, Orba, Pedreguer, Pego, Petrer, Pinoso, Polop, Sant Joan d'Alacant, Sax, Tibi, El Verger, Villena, Els Poblets.

Zona 7

Albatera, Algorfa, Almoradí, Aspe, Benejúzar, Benijófar, Bigastro, Callosa de Segura, Catral, Cox, Crevillent, Daya Nueva, Dolores, Formentera del Segura, Granja de Rocamora, Hondón de las Nieves, Jacarilla, Monforte del Cid, Novelda, Orihuela (sólo aldeas), Rafal, Redován, Rojales, San Fulgencio, San Miguel de Salinas, Los Montesinos.

Descripción del tipo de operaciones subvencionables

1. Se subvencionarán las inversiones en activos materiales e inmateriales necesarias para

- la creación de un establecimiento nuevo

- la ampliación de un establecimiento existente

- la modernización de un establecimiento existente mediante un cambio radical en el producto/servicio o en los procedimientos de producción.

2. Se incluyen las inversiones en activos fijos mediante adquisiciones de establecimientos cerrados o las que tengan lugar con motivo del traspaso de una empresa cuando, si no fuera por la adquisición del establecimiento por otro propietario, el mismo hubiera cerrado. En concreto, tendrán prioridad los traspasos con motivo de la jubilación del primer propietario y la adquisición por un nuevo residente acogido a los esquemas de atracción de nueva población al medio rural.

3. No serán elegibles los gastos corrientes. Sí serán subvencionables, los servicios prestados por consultores externos que no consistan en actividades permanentes o periódicas ni estén relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa (tales como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad). Se incluyen como subvencionables los honorarios de redacción de proyectos y dirección de obra y los estudios de viabilidad.

4. Se incluye como inversión inmaterial la adquisición de patentes o licencias y la obtención de permisos vinculados a la transferencia tecnológica.

5. La empresa deberá acreditar la viabilidad económica de la operación.

6. No es subvencionable la construcción de naves industriales ni su adquisición, salvo en el caso en que se trate de edificaciones cuyas características exteriores guarden la máxima semejanza con las construcciones rurales tradicionales (fachadas con revestimiento blanco, que eviten la uniformidad mediante aperturas, luminarias, decoración con azulejos tradicionales, carpintería exterior de madera, cubiertas o aleros de teja árabe)

Además de cumplir todos los requisitos y características anteriores, la operación deberá incluirse en una de las siguientes categorías:

A. La empresa se dedica a una actividad vinculada a la conservación y recuperación del paisaje (p.ej. mantenimiento de caminos, muros de piedra seca, forestal, jardinería paisajística, rehabilitación de construcciones tradicionales y del patrimonio rural).

B. La empresa se dedica a una actividad vinculada la protección y mejora del medio ambiente (p.ej. profesionales especializados en instalaciones de energías renovables y de ahorro energético y de agua, arquitectura bioclimática).

C. La operación tiene como objeto una mejora sustancial del comportamiento medioambiental de la empresa: minimización de residuos y emisiones contaminantes, reducción de su consumo energético e hídrico.

D. La operación está vinculada al traslado de instalaciones de una empresa desde centros urbanos a polígonos industriales de las afueras cuando este traslado redunde en una mejora sustancial de la calidad de vida de los vecinos (empresas productoras de emisiones, olores, ruidos..) y cuando, al mismo tiempo, la empresa aproveche el traslado para mejorar sustancialmente su comportamiento medioambiental y su adecuación al paisaje rural.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda de esta convocatoria 2010 será de dos meses desde el día siguiente al de publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6182, de 12/01/10.

Normativa

- Orden de 30 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las bases de las ayudas RURALTER-Paisaje (DOCV nº 6182, de 12/01/09).

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