PROGRAMA C'ACTIVA PYMES 2022
Información complementaria
viernes, 02 de septiembre de 2022
BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Pymes, Micropymes y Pequeños Profesionales Autónomos que reúnan los siguientes requisitos:
5.1.- Personas físicas o jurídicas que desarrollen actividad económica en los sectores contemplados en el Anexo 1 de estas bases, en el que se relacionan los códigos CNAE de las incluidas en la convocatoria.
5.2.- Que cumplan el requisito de que el promedio mensual de facturación en los meses por los que se vaya a solicitar la ayuda (que deben estar comprendidos entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022), haya sido igual o inferior al promedio mensual facturado en los mismos meses en 2019. Este requisito se justificará al Ayuntamiento mediante declaración responsable que vendrá incluida en la instancia presentada junto con la documentación requerida.
5.3.- Que la actividad económica sea desarrollada por un autónomo/a, pyme o microempresa con un máximo de 10 trabajadores/as, que esté dada de alta a 31 de diciembre de 2021 y que mantenga el ejercicio de la misma en el momento de la solicitud de la ayuda.
5.4.- Que tengan fijado su domicilio fiscal en el municipio de Cocentaina.
5.5.- Que su actividad cumpla con la normativa ambiental y urbanística que le sea de aplicación.
5.6.- Que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutua profesional correspondiente en caso de personas físicas, o en el que corresponda en caso de personas jurídicas y en el Censo de Obligados Tributarios en el momento de la presentación de la instancia, así como que mantengan dicha situación hasta 3 meses después de la resolución de concesión de estas ayudas, en su caso.
5.7.- Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social.
5.8.- Que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Cocentaina. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso.
5.9.- Quedan excluidas de esta convocatoria las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro y el personal autónomo colaborador.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES:
Las ayudas que concede el Ayuntamiento de Cocentaina deben ir dirigidas a cubrir los gastos corrientes de la actividad económica durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022, por los siguientes conceptos subvencionables:
• Cuota de autónomos.
• Alquiler mensual del local de negocio, debiendo figurar como arrendatario la persona física/jurídica solicitante de las ayudas. (Se justificará mediante la presentación del contrato de arrendamiento en vigor, factura mensual y justificante de pago de la misma).
• Gastos de consultoría y asesoría.
• Gastos de contratos de suministro de energía y agua del local de negocio.
• Gastos de servicio de telefonía e internet referidos necesariamente a la actividad.
• Gastos mensuales de contratos de servicios de seguridad del local de negocio.
• Gastos de contratos de mantenimiento de equipos afectos a la actividad.
• Gastos de intereses de préstamos de adquisición del local de negocio, debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.
• Primas de seguros del local de negocio y/o del vehículo comercial afecto a la actividad empresarial, debiendo figurar como titular la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.
• Alquiler de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad.
• Gastos de intereses de préstamos de adquisición de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.
ayudas cocentaina comercio autónomos empresas emprendedores pyme micropimes hosteleria subvenciones covid
02/09/2022 14:44 | AdmonAlcoi