Programa Ciberseguridad Valencia
Apertura de plazo el 25 de febrero de 2022 a las 9h. Presentación única a través de Sede Electrónica
Hasta el viernes, 30 de septiembre de 2022 a las 14:00
Cámara de Comercio de Valencia
Publicado el jueves, 17 de febrero de 2022 a las 16:48
OBJETIVO
El programa tiene como objetivo impulsar el uso seguro y fiable del ciberespacio por parte de las pymes, protegiendo los derechos y las libertades de los ciudadanos y promoviendo la reactivación empresarial y el progreso socio económico, lo que le convierte una medida clave en la lucha contra el impacto económico de la COVID-19.
BENEFICIARIOS
Las ayudas van destinadas a todas las empresas de la provincia de Valencia que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser una pyme (pequeña o mediana empresa) o autónomo.
- Estar al corriente de pagos de sus obligaciones tributarios y con la Seguridad Social.
- Cumplir la norma de minimis (Reglamento nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis), es decir, no haber recibido ayudas de cualquier Administración Pública que sumadas sean superiores a 200.000 € en los últimos tres años, 100.000 euros en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera.
- Estar dado de alta en el Censo del IAE. Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE
- No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003.
CUANTÍA
El presupuesto disponible en esta convocatoria para las AYUDAS ECONÓMICAS para la implantación de la Ciberseguridad es de 32.000 Euros, con lo que se prevé una participación estimada de 8 empresas.
El porcentaje máximo de ayuda la a percibir por cada empresa será del 50% de la inversión realizada sobre un coste máximo elegible1 de 4.000 €, por lo que la cuantía máxima de la ayuda será de 2.000 euros.
1 El IVA, IGIC e impuestos de naturaleza similar no serán elegibles conforme a las normas del programa recogidas en el Anexo IV El referido coste elegible asociado a la implantación de las soluciones incluidas en la fase II será variable en cada caso, fijándose un máximo de 4.000 € que serán pre financiados en su totalidad por la empresa destinataria, quien recuperará el 50% del coste elegible asociado a la inversión realizada según los términos y cuantías acordados en su plan de implantación, siempre y cuando se justifique la inversión realizada en los términos y plazos acordados.
PLAZO DEL SOLICITUD
Desde el 25 de febrero a las 9:00 horas al 30 de septiembre a las 14:00 horas. Si bien el plazo podrá acortarse en caso de agotarse el presupuesto.
Presentación única a través de Sede Electrónica.
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17/02/2022 16:48 | AdmonVlc