El Ayuntamiento de Aldaia aprueba las ayudas del fondo de emergencia de reactivación económica
Plazo de presentación solicitudes 21/01/2021 al 30/06/2021
Hasta el miércoles, 30 de junio de 2021 a las 23:59
Publicado el miércoles, 20 de enero de 2021 a las 11:45
El Ayuntamiento de Aldaia aprueba las bases generales reguladoras y la convocatoria para las ayudas del fondo de emergencia de reactivación económica para hacer frente a los efectos originados por la COVID-19.
DIRIGIDO A
Personas físicas y jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:
- Ser persona autónoma, microempresa o pequeña empresa.
- Que la actividad económica se haya visto afectada como consecuencia de las medidas adoptadas por las autoridades sanitarias competentes para frenar la expansión del coronavirus y, en su caso, queden debidamente acreditadas.
- Que la actividad se hubiera iniciado con anterioridad al 14 de marzo de 2020 según datos fiscales, siempre que los modelos de declaración censal no se hayan presentado con posterioridad y con carácter retroactivo.
- Que el domicilio fiscal se encuentre en Aldaia y, en su caso, el local donde desarrolla la actividad económica se encuentre en zona urbana consolidada del municipio, en concreto en aquellas donde la trama urbana y el uso principal corresponda con el residencial.
- En el caso de las microempresas, constar como sociedad limitada, sociedad anónima, cooperativa, comunidad de bienes o sociedad civil.
- Encontrarse en situación de insolvencia alta o extrema.
CUANTÍA
El importe de las ayudas individuales a conceder se ajustará a las siguientes cuantías:
- 3.000€ en aquellos casos en que se acredite un nivel insolvencia extrema.
- 1.500€ en los casos en que se acredite un nivel de insolvencia alta.
SOLICITUD Y PLAZO
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada del ayuntamiento de Aldaia mediante modelo normalizado habilitado a tal efecto y disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Aldaia.
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación del anuncio de la subvención en el Boletín Oficial de la Provincia, a través de la BDNS, y finalizará el próximo 30/06/2021 o hasta que se agote el crédito disponible.
Por ello, la justificación se entenderá efectuada con la presentación de la documentación requerida y la acreditación del riesgo de insolvencia alta o extremo de los beneficiaros.
20/01/2021 11:45 | AdmonVlc