Ayuda Cheque emprendedores/as 2016
El Ayuntamiento de Paterna ha aprobado y convocado las Ayudas a fondo perdido
Hasta el sábado, 31 de diciembre de 2016 a las 23:59
Centro Europeo de Empresas e Innovación de Valencia
Publicado el martes, 05 de abril de 2016 a las 08:47
El Ayuntamiento de Paterna ha aprobado y convocado las Ayudas a fondo perdido para los /as emprendedores/as de Paterna cuyas características fundamentales son:
1.-REQUISITOS PARA LOS/AS BENEFICIARIOS/AS
- Podrán acogerse a los beneficios del presente programa, aquellos autónomos/as empresas individuales (personas físicas) y micropymes (excepto Cooperatvas y Sociedades Laborales)
- El alta de la nueva actividad se debe producir entre el 1 de enero de 2016 y el 30 de noviembre de 2016, ambos inclusive. Como tal se entenderá la fecha de alta correspondiente en Hacienda.
- En el caso de empresario/a individual deberá estar desempleado/a e inscrito en la correspondiente oficina SERVEF con fecha anterior a la “fecha de alta” en el Régimen de Autónomos”. En el caso de Sociedades , este requisito se exigirá como mínimo para el 50 % de los socios o comuneros
- En el caso de empresario/a individual deberá estar empadronado/a en el municipio de Paterna . En el caso de Sociedades, este requisito se exigirá como mínimo para el 50 % de los socios/as o comuneros/as.
- La actividad debe radicar en el término municipal de Paterna, entendiendo tal acreditación cuando el local donde se desarrolle la actividad se encuentre ubicado en el municipio de Paterna. En el caso de actividades que se ejercen fuera de local determinado, aunque se trate de personas físicas, es requisito imprescindible que el domicilio fiscal esté en el término municipal de Paterna.
- No se puede haber causado baja en el Régimen de Autónomos en los seis meses previos a la presentación de la solicitud de ayudas, salvo que el alta a incentivar se efectúe para una actividad manifiestamente diferente a la desarrollada anteriormente.
- Es necesario estar al corriente con los pagos con la Seguridad Social y de la Agencia Estatal Tributaria, así como en las obligaciones de pago con el Ayuntamiento de Paterna.
- La actividad objeto de subvención se debe mantener un mínimo de 12 meses.
2. CUANTÍAS
La cuantía de subvención por beneficiario/a en concepto de lanzamiento vendrá determinada según la siguiente tabla:
SITUACIÓN | CUANTÍA € |
Autónomo en general | 800,00 |
Autónomo menor de 35 años | 1.000,00 |
Autónoma en general | 1.000,00 |
Autónoma menor de 35 años | 1.200,00 |
Autónomo/a mayor de 45 años o desempleado/a de larga duración | 1.200,00 |
Autónomo/a discapacitado/a | 1.400.00 |
Víctima de violencia de género | 1.400,00 |
Persona en exclusión social | 1.400,00 |
05/04/2016 08:47 | prc