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Programa II subvención Emplea

Programa I subvención emprén

Plazo de presentación de solicitudes hasta el 23 de marzo de 2022

Hasta el miércoles, 23 de marzo de 2022 a las 23:59

Valencia Activa

Valencia Activa

Publicado el jueves, 03 de marzo de 2022 a las 15:44

La presente convocatoria tiene por objeto acometer actuaciones inmediatas encaminadas a paliar las graves consecuencias de la pandemia por lo que se hace necesario impulsar la actividad económica convocando subvenciones para el ejercicio 2022, destinadas a potenciar y consolidar el ecosistema emprendedor valenciano así como crear empleo.

OBJETO

Acometer actuaciones inmediatas encaminadas a paliar las graves consecuencias económicas de la pandemia, fomentando el empleo estable y de calidad por medio del establecimiento de ayudas económicas destinadas a favorecer la formalización de contratos indefinidos a jornada completa, mediante contrataciones iniciales o la transformación de contratos laborales preexistentes, incentivando la inserción laboral de colectivos con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo.

DIRIGIDO A 

Los señalados en las bases de la convocatoria (punto 4) y los especificados en el anexo de este Programa II (punto 2):

  • -Que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València. En caso de no disponer de local de desarrollo de la actividad el domicilio fiscal debe estar en el término municipal de València.
  • -Que la formalización de un contrato inicial, o la conversión a indefinido a tiempo completo, se haya realizado a partir del día 1 de enero de 2021 y hasta la fecha de presentación de solicitudes.
  • -Que la persona solicitante no haya sido excluida del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves, de conformidad con el artículo 46 del Texto Refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  • -Que la persona solicitante no haya sido sancionada en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 del Texto Refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  • -Que la persona solicitante no haya realizado extinciones de contratos de trabajo por causas disciplinarias u objetivas declaradas improcedentes por sentencia judicial firme, o en virtud de despido colectivo, en los 12 meses anteriores a la solicitud de la ayuda.

Las personas que sean contratadas deberán cumplir el siguiente requisito:
En caso de contrataciones iniciales, estar en situación de desempleo, es decir, no estar de alta en ningún régimen de la Seguridad Social el día previo a la contratación.

-No serán subvencionables:
Las contrataciones realizadas al amparo de una relación laboral de carácter especial, a que se refieren el art. 2.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre.

  • Al efecto de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria para ser persona beneficiaria de estas ayudas, la persona solicitante deberá efectuar una declaración responsable (incorporada en la solicitud normalizada.)

CUANTÍA

Entre 1.500 euros y 5.000 euros.

PLAZO DE SOLICITUD

Plazo de presentación de solcitudes del 4/3/22 al 23/3/22.

Antes de iniciar el trámite en sede electrónica deberá haber Cumplimentado el formulario de preinscripción en: https://www.valencia.es/apps/subvencions (esta web no estará activada hasta el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP).

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