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El Gobierno aprueba un segundo paquete extraordinario de medidas para personas y empresas afectadas por la DANA

Son medidas de Seguridad Social para garantizar la protección de las personas y empresas

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Publicado el martes, 12 de noviembre de 2024 a las 11:08

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Ayudas Ministerio INclusión DANA

Ayudas Ministerio INclusión DANA

• Las familias con niños que reciben el Complemento de Ayuda a la Infancia asociado al IMV recibirán un 30% extra los próximos meses

• Este aumento se suma al del 15% que se aprobó la semana pasada para los 23.400 hogares que perciben el IMV en la zona afectada por la DANA. En ellos viven más de 70.000 personas, de las cuales casi 30.000 son menores de edad • Se podrá optar a la baja laboral extraordinaria por la DANA sin haber cotizado antes, optando al 75% del salario desde el primer día

• Los autónomos que hayan visto caer sus ingresos por la DANA pero no hayan tenido que paralizar su actividad podrán acceder al cese de actividad temporal parcial

• Las empresas afectadas indirectamente por la DANA también podrán optar a los ERTE por Fuerza Mayor, que implica que se les exonera el 100% de las cotizaciones

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un nuevo paquete de medidas que amplían y refuerzan las adoptadas la semana pasada con el objetivo de proteger y ayudar a su recuperación a las personas afectadas por la DANA. Una de las medidas más importante es la subida adicional del 30% al complemento de ayuda a la infancia asociado al Ingreso Mínimo Vital.

Por otro lado, las incapacidades temporales (bajas laborales) extraordinarias provocadas por daños físicos o psicológicos a causa de esta gota fría se van a facilitar sin tiempo de cotización previa y las mejoras en las pensiones por ncapacidad permanente, viudedad y orfandad provocadas por la DANA también aplican a los funcionarios.

Además, se completa el cese de actividad de autónomos con una modalidad parcial para los trabajadores que no han tenido que cerrar su negocio, y se amplía el paraguas de los ERTE por Fuerza Mayor de la DANA a las empresas afectadas gravemente de forma indirecta aunque no estén en los municipios afectados.

30% más del complemento a la infancia vinculado al IMV

Con el objetivo de proteger de forma prioritaria los colectivos más vulnerables, el complemento de ayuda a la infancia sube un 30% en los hogares de la zona afectada que lo perciben, unos 10.350. Este aumento se suma al del 15% que se aprobó la semana pasada para los 23.400 hogares que perciben el IMV en la zona afectada por la DANA. En ellos viven más de 70.000 personas, de las cuales casi 30.000 son niños, niñas y adolescentes.

Por otro lado, se va a facilitar la solicitud del IMV por pobreza sobrevenida. En este sentido, se va a poder solicitar desde el 1 de enero y se tendrán en cuenta los ingresos de los tres meses anteriores, que incluirían los meses de la catástrofe. El plazo ordinario para solicitar el IMV por pobreza sobrevenida comienza habitualmente el 1 de abril.

Bajas laborales sin carencia y pensiones mejoradas

Los trabajadores funcionarios de Clases Pasivas también verán mejorada las pensiones de Incapacidad Permanente, Viudedad y Orfandad originadas por la DANA, que desde la semana pasada son tratadas como accidente de trabajo a efectos económicos, lo que supone una mayor cuantía.

Asimismo, se podrá optar a la baja laboral extraordinaria por la DANA sin necesidad de haber cotizado antes, optando al 75% del salario desde el primer día.

Cese de actividad parcial para autónomos

Los autónomos que no hayan tenido que cerrar su negocio, pero se hayan visto afectados considerablemente por la DANA van a poder optar a una prestación por cese temporal parcial. Esta prestación es del 50% de su base de cotización.

En el anterior Real Decreto-ley aprobado la semana pasada, ya se incluyó una mejora de la prestación por cese de actividad para los autónomos con negocios afectados directamente por la DANA y han tenido que parar su actividad. En este caso, la prestación es del 70% de la base de cotización.

Esta protección especial, tanto la total como la parcial, implica que pueden acceder a la prestación todos los trabajadores por cuenta propia, incluso los que no hayan cotizado los 12 meses que se exige normalmente. Por otro lado, el tiempo de cobro de prestación consta como cotizado y no va a contar de cara a futuras prestaciones.

ERTE, también para empresas indirectamente afectadas

Las empresas afectadas indirectamente por la DANA de forma grave van a poder acogerse al ERTE por Fuerza Mayor ampliado, estén o no situadas en los municipios afectados.

Cuando una empresa tiene a sus trabajadores en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo de estas características se beneficia de una exoneración de la cotización de los trabajadores del 100% y no del 90% como en los casos ordinarios de fuerza mayor. Es decir, estas empresas no tienen que pagar las cotizaciones de la Seguridad Social de sus trabajadores durante el tiempo que se mantenga el ERTE. Asimismo, para los trabajadores incluidos en el ERTE este tiempo va a contar como cotizado a efectos de futuras prestación.

Planes de pensiones

Por último, entre las medidas aprobadas hoy se incluye que los titulares de planes de pensiones afectados por la DANA pueden retirar sus fondos de forma inmediata hasta un máximo de 10.800 euros. Esto se extiende a partícipes de planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social.

Más información del 2º Paquete de Medidas (3.756 millones de euros)

Accede al BOE del 1er Paquete de Medidas (10.600 millones de euros)

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