Ayudas para profesionales y empresas de industrias culturales afectados por DANA (DANAIN)
Las ayudas tienen como finalidad apoyar la reactivación económica del sector cultural. Plazo abierto hasta el 28 de enero de 2025
Hasta el martes, 28 de enero de 2025 a las 23:59
A través de este procedimiento puede tramitarse la concesión directa de ayudas urgentes destinadas a los profesionales y empresas del sector cultural afectadas por la DANA 2024.
Se presentará una única solicitud por persona o empresa.
Las ayudas que se recogen en este decreto son compatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones públicas que reciban las empresas afectadas, así como con las indemnizaciones procedentes de otras entidades públicas o privadas, hasta el límite del valor del daño producido.
OBJETO
Las ayudas tienen como finalidad apoyar la reactivación económica del sector cultural mediante la reparación y reposición de daños materiales muebles necesarios para el desarrollo de sus actividades productivas.
DIRIGIDO A
- Las personas físicas que ejerzan actividades profesionales en el sector cultural, incluidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, a 28 de octubre de 2024, incluidos los autónomos discontinuos.
En atención a las particularidades de la industria cultural, también podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras por cuenta ajena que ostenten y acrediten su condición de trabajadores fijos discontinuos.
- Las personas físicas que ejerzan actividades culturales sin formalización laboral: Aquellas personas físicas que, sin estar formalmente registradas como autónomos ni como trabajadores fijos discontinuos, desarrollan de manera habitual actividades culturales, como músicos con actividad ocasional, artistas callejeros u otros trabajadores en la economía informal del sector cultural.
A tal efecto, deberán acreditar la habitualidad de su actividad cultural antes del 28 de octubre de 2024, demostrar que han sufrido daños materiales en bienes necesarios para el desarrollo de su actividad a causa de la DANA, y estar domiciliados en uno de los municipios afectados por la DANA.
- Las empresas culturales que tenían actividad económica en funcionamiento el 28 de octubre de 2024 en los municipios afectados y que, como consecuencia de la DANA, hayan sufrido daños materiales en sus bienes situados en naves, locales, establecimientos o espacios vinculados al desarrollo de su actividad económica.
-Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles y comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia que reúna los requisitos exigidos al resto de beneficiarias.
AYUDAS
El importe global máximo de las ayudas a conceder derivadas del presente decreto asciende a 5 millones de euros que se consignarán en el presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2025, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender los gastos en el Presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2025.
Se establece la siguiente distribución según el perfil del solicitante:
a) Programa I: Empresas culturales: 3.5 millones de euros.
b) Programa II: Profesionales culturales: 1.350.000 de euros.
c) Programa III: Profesionales culturales sin formalización laboral: 150.000 euros.
PLAZO
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 30 de diciembre de 2024 hasta el 28 de enero de 2025.
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CONTENIDO ADJUNTO
30/12/2024 09:11 | CarmenDiaz