Ayudas Económicas Covid 19 - Ayuntamiento de Guardamar del Segura
Ayudas directas Paréntesis - Plan Resistir
Hasta el miércoles, 14 de abril de 2021
Ayudas directas Paréntesis - Plan Resistir lanzadas por el Ayuntamiento de Guardamar del Segura
OBJETO
La finalidad perseguida con la concesión directa de las ayudas económicas a los autónomos y microempresas con un máximo de 10 personas trabajadoras que se incluyen en el ámbito de aplicación de estas bases es contribuir al sostenimiento de los gastos corrientes habituales que estos negocios han seguido sido soportando pese a la carencia o disminución de ingresos experimentada, contribuyendo así a su viabilidad económica.
BENEFICIARIOS
Personas autónomas o microempresas con un máximo de 10 personas trabajadoras encuadradas en los sectores y códigos CNAE identificados en el Anexo I (se incluye equivalencia código CNAE – epígrafes IAE) de estas bases reguladoras, y que tengan su domicilio fiscal en el término municipal Guardamar del Segura. En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica debe nombrarse una persona representante apoderada, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación o comunidad de bienes. Así mismo, y en los términos previstos en el artículo 11.3 LGS, la agrupación o comunidad de bienes no podrá disolverse hasta que transcurra el plazo de prescripción a que hacen referencia los artículos 39 y 65 LGS.
Se excluyen los trabajadores autónomos integrantes de una comunidad de bienes, los autónomos societarios (con independencia de la naturaleza jurídica de la sociedad) y los socios de Sociedades Civiles. En todo caso, será la sociedad en la que participen, la que pueda optar a la presente subvención, si cumple con los requisitos exigidos. Así mismo, se excluyen los autónomos colaboradores Podrá presentarse un máximo de una solicitud por persona física o jurídica o entidad.
En caso de presentarse más de una solicitud dentro del plazo establecido, solo se tendrá en cuenta la última presentada en el Registro General de Entrada en el M.I. Ayuntamiento de Guardamar del Segura.
PLAZOS
En el plazo de 15 días hábiles a contar desde el mismo día de la publicación de las presentes bases en el BOP de la Provincia de Alicante.
MÁS INFORMACIÓN
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25/03/2021 10:24 | Trianabueno