Ayudas Municipales "València Activa Impuls Econòmic 2017"
Plazo de presentación de solicitudes es del 6 de abril al 5 de mayo de 2017
Hasta el viernes, 05 de mayo de 2017
El Ayuntamiento de València, a través de la Concejalía de Empleo y Emprendimiento, ha convocado las Ayudas Municipales València Activa Impuls Econòmic 2017, que tienen como objetivo fomentar, impulsar y apoyar la actividad económica de la ciudad de València por medio del establecimiento de ayudas destinadas a favorecer la consolidación empresarial.
Pueden solicitar las ayudas las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que hayan comenzado su actividad empresarial entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2015.
Se subvencionarán, siempre que se cumplan los requisitos exigidos y hasta agotar del crédito disponible, aquellos gastos que puedan encuadrarse dentro de las acciones que en la convocatoria se detallan, efectivamente pagados y justificados según se especifica en la convocatoria, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación, hasta un máximo de 5.000 euros por empresa. A los efectos de estas ayudas, únicamente computarán las facturas emitidas desde el 1 de julio de 2016 y hasta la fecha de presentación de la solicitud.
ACCIONES SUBVENCIONABLES
Acciones dirigidas a realizar programas de marketing y comercialización que mejoren el posicionamiento en el mercado:
- Análisis e Investigación de mercados: gastos necesarios para la realización de encuestas, evaluación de satisfacción de clientes, estudios de mercado, geolocalización, implantación de sistemas para vigilancia tecnológica.
- Desarrollo de herramientas de comunicación comercial incluyendo la adaptación a mercados exteriores: gastos por el alquiler de un stand o similar. Gastos de canon asistencia a ferias relacionadas con el sector de la empresa como expositor (no visitante). Así como todos aquellos gastos relacionados con la traducción a otros idiomas de elementos de comunicación comercial: páginas web, dossiers, catálogos, folletos, cartelería, tarjetas de presentación, sobres, etiquetas, carpetas y facturas.
- Consultoría y asesoramiento para la realización de planes de marketing: gastos de asesoramiento relativos a la realización de planes de marketing.
- Establecimiento o mejora de la identidad corporativa: gastos relativos de la realización de logotipos, tarjetas de presentación, sobres, etiquetas, carpetas, facturas, catálogos, folletos, cartelería, rotulación así como del diseño y elaboración de embalajes y envases.
- Establecimiento de soluciones y servicios tecnológicos que favorezcan la difusión y comercialización de los productos y servicios a través de Internet incluidas aquellas soluciones que mejoren el posicionamiento de la empresa a través de servicios SEO (Search Engine Optimization-Optimización para los motores de búsqueda), SEM (Search Engine Marketing-Marketing en los motores de búsqueda) y SMM (Social Media Marketing-Marketing a través de redes sociales). Gastos relativos a la adquisición de servicios tecnológicos y licencias de software de uso común para el desarrollo de la actividad propia de la empresa.
- Fomento de la generación de redes empresariales o entidades de gestión nuevas así como para potenciar la pertenencia a las ya existentes. Tendrán la consideración de gasto subvencionable: gastos derivados del canon de entrada de las empresas a asociaciones profesionales y/o clusters, pero no son subvencionables los pagos de cuotas temporales por pertenecer a ellas.
Acciones dirigidas a la generación de nuevos productos y/o servicios así como a la mejora de los existentes:
- Implantar sistemas de calidad: gastos relativos a la realización de documentación del sistema de calidad de la empresa así como los derivados de la implantación de los sistemas de calidad.
- De mejora de herramientas de gestión empresarial basadas en software ERPs (Enterprise Resource Planning-Planificación de Recursos empresariales): gastos relativos a la contratación de soluciones y servicios tecnológicos y licencias de software de uso común para el desarrollo de la actividad propia de la empresa.
- Realización de formación no reglada, de carácter específico, para mejorar la cualificación profesional, del empresariado y del personal contratado: los gastos derivados del coste del curso y de la inscripción al mismo.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS: máximo 5.000 euros por empresa
PLAZO DE CONVOCATORIA: hasta el 5 de mayo
16/03/2017 13:35 | AdmonVlc